DEPARTAMENTO DE PROTECCION Y SANIDAD PECUARIA

DEPARTAMENTO DE PROTECCION Y SANIDAD PECUARIA

El departamento de Protección y Sanidad  Pecuaria trabaja  en apoyo de  la Dirección de Sanidad  Animal y sus distintos departamentos  intercambiando información que fortalece  las operaciones técnico-administrativas para el control y/o erradicación de todas las enfermedades de interés económico y cuarentenario  que puede llegar a afectar el patrimonio pecuario nacional,  Previene el   ingreso  de animales, hidrobiologicos sus productos y sub productos  que pueden poner en riesgo el patrimonio pecuario nacional .  Ejerce el  control cuarentenario a nivel nacional, aplicando medidas y acciones sanitarias de índole cuarentenario.     Da a conocer  las enfermedades exóticas, emergentes y de alto riesgo de los animales.     Contribuye a prevenir el ingreso de enfermedades que puedan afectar la salud pública.

ObjetivosEstrategiasAdmisibilidad de País Permisos Simplificados Requisitos UAC RegentesAvisos Bajo Riesgo
  • Ejecutar  y cumplir  la reglamentación relacionada con la sanidad animal en el país.
  • Dictaminar en relación al riesgo de las mercancías
  • Control y vigilancia de las cuarentenas nacionales
  • Brindar asesoría en el campo de sanidad animal estableciendo normas para la prevención, control y eventual erradicación de las diferentes enfermedades que afectan a los animales domésticos.
  • Contribución en minimizar el riesgo de exposición a enfermedades
  • Apoyo en el control de la calidad de los alimentos de origen animal para consumo humano
  • Apoyo a la producción y productividad pecuaria nacional y a la conservación y apertura de mercados internacionales
  • Establece  requisitos sanitarios para autorizar la importación de animales, hidrobiológicos, sus productos y subproductos para prevenir el ingreso de  enfermedades de importancia cuarentenaria y económica para Guatemala.
  • Realizar Vigilancia en la cuarentenas para reforzar las barreras sanitarias a nivel de puertos marítimos, aéreos y terrestres
  • Reforzar el Sistema Operativo establecido para  minimizar la ocurrencia y origen de las enfermedades que afectan a los animales
  • Apoyar a la implementación de infraestructura zoosanitaria en el país
  • Apoyar a  la investigación epidemiológica básica de  los programas bajo la responsabilidad de la Dirección de sanidad animal.
  • Caracterizar la distribución ganadera del país
  • Apoyar la armonización  cuarentenaria  para el comercio con  terceros países o bloques regionales, y apoyar al productor nacional  para posibilitar la apertura de mercados internacionales.
  • Apoyar  los  proyectos  de prevención, control y erradicación de enfermedades de los animales en los temas cuarentenarios.
  • Proponer  criterios cuarentenarios y de bioseguridad en auditorías a países interesados en exportar animales, ósus  productos y subproductos.
  • Apoyar  las negociaciones sanitarias tendientes a regular y facilitar los intercambios internacionales de animales, hidrobiológicos sus  productos y subproductos
  • Capacitar a los usuarios del sistema de Protección y Sanidad Pecuaria
  •  Dar a conocer del  riesgo de transmisión las enfermedades de interés cuarentenario y económico que afectan a los animales y  humanos.

Registro de Regentes

Personas Individuales o Jurídicas

En cumplimiento al Artículo 31 del Decreto No. 36-98 del Congreso de la República, Ley de Sanidad Vegetal y Animal y de los Artículos 115 y 116 de su Reglamento; el Departamento de Protección y Sanidad Pecuaria ha iniciado el proceso de Registro de Regentes de Personas (Individuales o Jurídicas), importadoras de Productos Hidrobiológicos, Materias Primas (Harinas de Origen Animal) y Material Reproductivo.

Base Legal

Formulario

Requisitos

© MAGA 7a. Avenida 12-90 zona 13, edificio Monja Blanca Tel.: 24137000 / Atención de lunes a viernes de 8:00 a 16:30 horas /

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