REQUISITOS DOCUMENTALES PARA IMPORTACIÓN

Si desea importar mercancías (animales vivos, productos y subproductos de origen animal) tome en cuenta lo siguiente: si es primera importación o si no existen los requisitos sanitarios del producto que se desee importar, se debe remitir nota (escrito) dirigida a la Dirección de Sanidad Animal del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, indicando lo siguiente: producto, casa productora, origen, procedencia, proceso, finalidad, nombre y dirección del importador.

Las personas individuales y jurídicas, que realice diligencias concernientes a la importación de animales, recursos hidrobiológicos, sus productos y subproductos, previo a iniciar gestiones comerciales, deben de contar la “Autorización Zoosanitaria de Importación”, expedida por el Viceministerio de Sanidad Agropecuaria y Regulaciones, la cual tiene treinta días de vigencia a partir de la fecha de emisión. La Autorización Zoosanitaria de Importación queda sujeta al cumplimiento de la presentación ante la Oficina de Servicios al Usuario, de los documentos siguientes:

Requisitos DocumentalesPaís Distinto al de OrigenUso de Fotocopias
  • Formulario “Solicitud de Autorización Zoosanitaria de Importación” completado con la información requerida en el mismo.
  • Certificado zoosanitario extendido por la Autoridad Nacional competente del país de origen o procedencia, con las declaraciones adicionales cuando corresponda
  • Certificado de Origen, emitido por la entidad competente del país exportador. Los productos originarios de los países de Centro América, deben presentar en sustitución del Certificado de Origen, el Formulario Aduanero Único Centroamericano.
  • Fotocopia de la factura comercial
  • Fotocopia del conocimiento de embarque
  • Resultado de los análisis de laboratorio, en caso de ser requeridos
  • Boleta de Trazabilidad para animales vivos y harinas de origen animal
  • Certificado CITES, únicamente para especies animales silvestres declarados en peligro de extinción
  • Los documentos redactados en idioma extranjero, deben ser vertidos al idioma español mediante traducción jurada, la cual debe adjuntar a los documentos respectivos

Base Legal:

Acuerdo Ministerial No. 440-2009

Acuerdo Ministerial No. 24-2014

  • Para las importaciones provenientes de un país diferente al de origen, los requisitos establecidos en los incisos 2 y 3 del artículo anterior deben presentarse en la forma que a continuación se indica:
  • Certificado Zoosanitario de reexportación donde conste el origen del producto
  • Certificado de Origen o fotocopia del mismo, emitido por la entidad correspondiente en el país de origen o por la entidad correspondiente del país de procedencia

Se permite al importador que al momento de solicitar la Autorización Zoosanitaria de Importación, presente fotocopia de los documentos que debe adjuntar a su solicitud. Sin embargo, para autorizar el desalmacenaje o la importación de animales, sus productos, subproductos y recursos hidrobiológicos, el interesado debe presentar obligatoriamente al personal del puesto de Cuarentena Agropecuaria los documentos siguientes:

  • Autorización Zoosanitaria de Importación, a la cual deben ir adjuntas las fotocopias presentadas al momento de solicitar la misma
  • Los documentos originales que adjuntó a su solicitud

Base Legal: Acuerdo Ministerial No. 1090-2011

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