Toma de Muestras Post Larva de Camarón

Esto según el Acuerdo Ministerial 471-2015, Artículo 4. literal m), el cual menciona lo siguiente: Realizar controles sanitarios en la importación de animales acuáticos vivos y sus productos, para evitar el ingreso de enfermedades o patógenos de importancia comercial que afecte la industria de acuacultura nacional”.

Cabe mencionar que las muestras deberán ser canceladas por la empresa importadora y se deberá coordinar con el PRONASA la fecha de toma de muestras. Las mismas serán enviadas al Laboratorio BIOLAB, quien cuenta con el alcance de acreditación conforme a la Norma COGUANOR NTG ISO/IEC 17025:2017, código de acreditación OGA-LE-044-11; analizando seis enfermedades de declaración obligatoria ante la OMSA (WSSV, TSV, YHV, IMNV, IHHNV, PvNv), las cuales son sujetas de intervención, control y vigilancia por parte del PRONASA.

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