Normativa que deben cumplir los importadores de aves, productos y subproductos avícolas

Para mayor información comunicarse al Programa Nacional de Sanidad Avícola -PROSA- , Teléfono: (502) 24735211. Consulte la normativa relacionada con aves, productos y subproductos avícolas:

Acuerdo Ministerial No. 1029-99: que acuerda la norma zoosanitaria para la importación de animales, productos y subproductos de origen aviar.

Acuerdo Ministerial No. 1528-2003: Artículo 16, Capítulo VII, Control de Movilización: que establece las medidas para el control cuarentenario de mercancías aviares en puertos, aeropuertos y puestos fronterizos con el fin de evitar la introducción al país de enfermedades exóticas.

Acuerdo Ministerial No. 228-2013: Artículo 2 que establece la prohibición de la importación de aves y productos avícolas de países afectados con Influenza Aviar Altamente Patógena, así como cualquier producto que sea considerado de riesgo por las autoridades sanitarias del país, tomando en cuenta las directrices de la Organización Mundial de Sanidad Animal, OIE.

Acuerdo Ministerial No. 16-2014: que acuerda crear el Cuestionario de Sanidad Animal, que tienen por objeto proteger la salud de las personas y de los animales, del mismo modo evaluar los servicios veterinarios de los países que deseen exportar mercancías tales como animales vivos, productos de origen animal, material genético de animales, productos biológicos, productos destinados a la alimentación animal y material patológico, calificación que forma parte de un proceso de análisis de riesgo que servirá para determinar y revisar las medidas sanitarias que deben aplicarse de conformidad con las recomendaciones de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE).

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