Programa Nacional de Sanidad de Pequeños Rumiantes PRONASPER

El Programa Nacional de Sanidad de Pequeños Rumiantes, se crea en año 2019, bajo la necesidad de velar por la sanidad de las cabras y ovejas en el territorio nacional.

El Pronasper, es de observancia general en todo el territorio guatemalteco y están obligados a cumplir sus disposiciones los productores de ovinos y caprinos.

ObjetoBase LegalActividadesFormulariosDocumentos TécnicosInformación EpidemiológicaEducación SanitariaPlan Operativo Anual POA/AvancesContáctenos

El pronasper, es un programa sanitario ovino y caprino para la prevención, control y la erradicación de las enfermedades que afecten al rebaño nacional, o que constituya un riesgo a la salud pública, al comercio nacional e internacional de caprinos y ovinos, sus productos y subproductos

  • Artículo 194 de la constitución Política de la República de Guatemala
  • Artículo 29 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto 114-97 del congreso de la República de Guatemala
  • Artículo 6 de la Ley  de Sanidad Vegetal y Animal, Decreto número 36-98 del Congreso de la República de Guatemala
  • Artículo 45 del Reglamento de la Ley de Sanidad Vegetal y Animal, acuerdo gubernativo número 745-99
  • Artículo 7 del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Acuerdo Gubernativo número 338-2010
  • Acuerdo Ministerial número 333-2019, que Aprueba el Programa Nacional de Sanidad de Pequeños Rumiantes-PRONASPER-

Actividades

  • Establecer los procedimientos sanitarios relacionados con la prevención, control y erradicación de las enfermedades e infestaciones de los pequeños rumiantes de observancia oficial.
  • Supervisar y evaluar  los procedimientos sanitarios establecidos y realizar las modificaciones correspondientes en caso de ser necesario.
  • Establecer el sistema de información sanitaria sobre las enfermedades de interés del PRONASPER.
  • Coordinar con el Sistema Nacional de Trazabilidad Pecuaria para establecer los programas de rastreabilidad aplicables a los pequeños rumiantes.
  • Definir las pruebas diagnósticas de las enfermedades sujetas a intervención del PRONASPER.
  • Establecer un programa de educación y divulgación sanitaria
  • Establecer las medidas de bioseguridad correspondientes a establecimientos de pequeños rumiantes.
  • Coordinar con el Departamento de Protección y Sanidad Pecuaria la importación  y tránsito de pequeños rumiantes, sus productos y subproductos.
  • Coordinar con el Departamento de Registro de insumos para uso en animales el registro e importación de insumos de interés del PRONASPER.
  • Declarar el estado sanitario del país, zona o compartimentación de las enfermedades objeto del PRONASPER

POA

Metas

  • Una base de datos de establecimientos ovinos y caprinos
  • Una base de población ovina y caprina
  • Un programa de Capacitación sanitaria ovina y caprina
  • Un plan de monitoreo de enfermedades en ovinos y caprinos

Logros

  • Creación del Programa Nacional de Sanidad de Pequeños Rumiantes- PRONASPER-
  • Registro de Establecimientos de Producción ovina y caprina, para la obtención del Código único de Establecimientos-CUE-, en apoyo al Programa Nacional de Trazabilidad Pecuaria
  • Divulgación del PRONASPER a productores de ovinos y caprinos

Correo electrónico: sanidadcaprinaovinagt@gmail.com

Tel: 24137439

© MAGA 7a. Avenida 12-90 zona 13, edificio Monja Blanca Tel.: 24137000 / Atención de lunes a viernes de 8:00 a 16:30 horas /

Scroll to top