Segundo Monitoreo en Camarón Congelado
(16/11/2023) Esto según el Acuerdo Ministerial 471-2015, Artículo 4. literal m), el cual menciona lo siguiente: “Realizar controles sanitarios en la importación de animales acuáticos vivos y sus productos, para evitar el ingreso de enfermedades o patógenos de importancia comercial que afecte la industria de acuacultura nacional”. Cabe mencionar que los costos asociados al procesamiento y análisis de las muestras deberán ser cubiertos por la empresa, debiendo coordinar con el PRONASA la fecha para llevar a cabo la toma de muestras. cuenta con el alcance de acreditación conforme a la Norma COGUANOR NTG ISO/IEC 17025:2017, código de acreditación OGA-LE-044-11; analizando enfermedades de declaración obligatoria ante la OMSA (WSSV, TSV, YHV, IMNV, IHHNV, PvNv); enfermedades las cuales son sujetas de intervención, control y vigilancia por parte del PRONASA. |